Terms & Conditions of Service

Estas condiciones generales rigen el contrato entre ICardoo Digital Marketing S.r.l, con sede en Sassari, Via Lussu SNC P.Iva. 02756180903 (en adelante, ICDM); y cualquier sujeto (en adelante, "Publisher") que tenga la disponibilidad de uno o más sitios web y esté interesado en publicar anuncios publicitarios vendidos directamente por ICDM o a través de una SSP (Sell-Side Platform), siempre que la adhesión al contrato no sea rechazada por ICDM

ART 1 – Servicio

ICDM ofrece a los Publishers, a través de su plataforma de Header Bidding denominada 'headerbidding.agency', a cambio de la compensación especificada en el siguiente párrafo, la posibilidad de publicar en los espacios de sus sitios web los anuncios publicitarios vendidos por ICDM a terceros inversionistas (también denominados 'Anunciantes'). A tal fin, el Publisher declara ser mayor de 18 años y acepta que ICDM pueda publicar anuncios de terceros o de ICDM mismo en forma de banners, textos, pop-ups y/o videos.

El Publisher también acepta la inserción de la etiqueta de ICDM en su(s) sitio(s) para el seguimiento de las visitas al(s) mismo(s) por parte de los usuarios. Asimismo, el Publisher se compromete a cumplir con las indicaciones proporcionadas por ICDM con respecto a la correcta publicación, distribución y control de los anuncios publicitarios, y se compromete a respetar los formatos de los anuncios publicitarios proporcionados por ICDM. En caso de que el Publisher tenga anuncios de terceros en sus páginas, se compromete a mostrar los anuncios publicitarios proporcionados por ICDM de manera correcta, legible y de manera que no genere confusión entre todos los anuncios.

El Publisher se compromete a comunicar exclusivamente a ICDM cualquier información relacionada con los anuncios publicitarios publicados en su(s) propio(s) sitio(s)

ART 2 – SITIO/S DEL PUBLISHER

El Publisher es el único responsable de su(s) propio(s) sitio(s), del contenido y los materiales publicados en él, así como de su mantenimiento e implementación, de modo que ICDM no podrá ser considerada responsable del sitio/s del Publisher por ninguna razón.

El Publisher declara, asumiendo toda la responsabilidad al respecto, que en las páginas que componen el sitio/s no se publicarán ni se publicarán contenidos de carácter pornográfico, violento o de cualquier manera ilícito y/o contenidos que de alguna manera puedan violar los derechos y/o la reputación de terceros (a título ejemplificativo pero no exhaustivo: material relacionado con la pedofilia, pornografía o apología racista o fanática).

ART 3 – RESPONSABILIDAD DEL PUBLISHER

El Publisher se compromete a no generar, directa o indirectamente, búsquedas, impresiones o clics en los anuncios publicitarios publicados en su(s) propio(s) sitio(s) y proporcionados por ICDM, incluso a través de medios automatizados, engañosos o de cualquier manera fraudulentos, incluyendo, entre otros, clics manuales repetidos, robots u otras herramientas para la generación automática de búsquedas y/o el uso no autorizado de otros servicios y/o software para la optimización de motores de búsqueda, ni a incentivar a sus visitantes a hacer clic en los anuncios publicitarios (a título ejemplificativo pero no exhaustivo: inclusión de scripts dentro de iframes, pop-ups, pop-unders, overlays, intersticiales no autorizados o de cualquier manera no gestionados mediante la tecnología adserver propiedad de ICDM).

El Publisher se compromete a no editar, modificar, filtrar o cambiar el orden de la información contenida en cualquier anuncio publicitario, a no insertar en un frame, reducir a un icono o de cualquier manera limitar la visualización completa de cualquier página web que contenga anuncios publicitarios, a no redirigir a un usuario final a un sitio diferente a la página del anunciante o a la Página de resultados de búsqueda, o a no interponer ningún contenido entre el anuncio y la página del anunciante, entre la página que contiene el campo de búsqueda y la página de resultados de búsqueda, a no mostrar ningún anuncio publicitario en ninguna página o sitio web que contenga material pornográfico, violento, contenido ilegal o mensajes que inciten al odio y la violencia, así como en páginas que solo contengan anuncios publicitarios sin contenido editorial.

El Publisher declara y garantiza que toda la información proporcionada para la inscripción al servicio es correcta y veraz, y que es el titular efectivo y/o de cualquier manera tiene la disponibilidad del/de los sitio(s) donde se muestran los anuncios publicitarios.

El Publisher se compromete a cumplir con las condiciones aquí establecidas. ICDM se reserva el derecho de interrumpir el servicio inmediatamente en caso de que, a su discreción, considere que el Publisher está llevando a cabo actividades en violación de las obligaciones establecidas en estas condiciones generales. A este respecto, el Publisher reconoce ser el único responsable de las actividades que realiza o que pueden atribuírsele directa o indirectamente. En consecuencia, ICDM no puede considerarse responsable de las actividades llevadas a cabo por el Publisher.

ART 4 – COMPENSACIONES Y PAGOS

Las compensaciones debidas al Publisher se calculan como un porcentaje del monto de venta de los espacios vendidos a los anunciantes a través de la subasta. A este respecto, el Publisher está informado de que, dado que los espacios vendidos se calculan mediante un mecanismo de subasta, no es posible predefinir las sumas debidas al Publisher como compensación. Sin embargo, los montos acumulados serán visibles diariamente en su panel de control y se indicarán en euros. Dado que los espacios publicitarios también pueden venderse en moneda diferente al euro, el Publisher está informado de que los montos visualizados pueden variar debido a las tasas de cambio respectivas que se actualizan diariamente. En cualquier caso, los montos debidos al Publisher se calcularán según las tasas vigentes el día 10 del mes siguiente al de referencia.

A menos que se acuerde lo contrario, los pagos se realizarán de ICDM al Publisher mediante transferencia bancaria dentro de los 30 días posteriores al final de cada mes calendario desde la fecha de facturación. Es condición esencial para la emisión de la factura o recibo que se haya acumulado un monto mínimo de 80,00 euros (ochenta/00). Los importes inferiores se acumularán en el mes siguiente hasta alcanzar el umbral mínimo de facturación. El importe máximo acumulable es igual al acumulado en 24 meses consecutivos. El importe facturable o reclamable no podrá incluir períodos anteriores a los últimos 24 meses. En caso de interrupción del contrato por cualquier motivo, los posibles créditos, siempre que sean superiores a 80,00 euros (ochenta/00), reclamados por el Publisher se pagarán dentro de los 90 días posteriores al término del contrato. En cualquier caso, ICDM se reserva el derecho de realizar los pagos solo después de que haya recibido los importes correspondientes de los anunciantes. También se acuerda que, para la cuantificación de las compensaciones, serán válidos exclusivamente los sistemas de detección de ICDM. En cualquier caso, no se considerarán válidas impresiones o clics generados mediante el uso de robots, programas automáticos o dispositivos similares, según lo determinado razonablemente por ICDM, incluidos, entre otros, clics o impresiones (i) originados desde las direcciones IP o computadoras bajo el control del Publisher o (ii) solicitados mediante pago de dinero, declaraciones falsas o solicitudes de hacer clic en los anuncios dirigidas a los usuarios.

Se entiende que el recuento de impresiones, a efectos de determinar la cantidad que ICDM deberá pagar al Publisher, será una actividad de competencia exclusiva e indisputable de ICDM, que la llevará a cabo, en cumplimiento de la buena fe y la corrección contractual de manera autónoma e independiente, mediante sus propias tecnologías

ART 5 – SUSPENSIÓN DEL PAGAMENTO

ICDM tiene la facultad de suspender los pagos pendientes en caso de disputas con el Publisher relacionadas con la violación de las disposiciones contenidas en este Contrato, independientemente de su gravedad, o de otras faltas, incluso si están relacionadas con otros contratos existentes entre las Partes. La suspensión se aplica a un monto equivalente al de las cuestiones objeto de disputa, y hasta que estas no se resuelvan y definan.

ART 6 – COMPENSACIÓN

Cualquier suma que el Publisher, por cualquier motivo, adeude a ICDM se compensará durante la liquidación del pago correspondiente, previa notificación al Publisher. La compensación se llevará a cabo según las reglas establecidas en el Artículo 1243 del Código Civil italiano. ICDM podrá imputar las sumas reclamadas al Publisher como compensación por daños a aquellas debidas por los servicios proporcionados. En caso de que la magnitud del daño sea superior a la suma establecida por los productos, ICDM podrá buscar el pago de la diferencia.

ART 7 – PROHIBICIÓN DE CESIÓN

El Publisher no podrá ceder ni transferir a terceros las Órdenes y/o el Contrato celebrado con ICDM o subcontratar su ejecución, ya sea total o parcialmente, sin la previa y expresa autorización escrita de ICDM. En caso de falta de autorización, ICDM podrá considerar el Contrato resuelto de pleno derecho, de conformidad con el Artículo 1456 del Código Civil italiano. En el caso de que la subcontratación o la cesión sea autorizada por ICDM, el Publisher, en todo caso, mantiene ante ICDM la responsabilidad integral de la ejecución del contrato, respondiendo en su propio nombre de todas las actividades del cesionario y/o subcontratista como si hubieran sido realizadas por él mismo.

ART 8 – Compromiso de Confidencialidad

El Publisher se compromete, también en nombre y representación de su personal y/o colaboradores, a tratar como confidenciales las informaciones proporcionadas por ICDM y aquellas de las cuales tenga conocimiento en relación y durante la ejecución del Contrato. Asimismo, el Publisher se compromete a no comunicar a terceros, por cualquier medio, la existencia de la relación contractual establecida con ICDM, a menos que esta última le haya otorgado una autorización escrita específica. Si la divulgación de dicha información a terceros es atribuible al Publisher, ya sea directa o indirectamente a través de su personal y/o colaboradores, este deberá indemnizar a ICDM por todos los daños eventualmente derivados de la violación de la obligación de confidencialidad.

No están sujetas a las obligaciones de este artículo las informaciones de las cuales el Publisher pueda demostrar que ya tenía conocimiento antes de la adquisición de las mismas en virtud del presente Contrato, o las informaciones y la documentación relacionada o vinculada a la ejecución de las obligaciones del presente Contrato que ya sean de dominio público. El vínculo de confidencialidad establecido en este artículo continuará vigente y efectivo durante toda la duración de la ejecución del Contrato y durante todos los años posteriores a su conclusión, en cualquier caso, hasta que la información confidencial se haya vuelto de dominio público.

Además, el Publisher se compromete a pagar todos los impuestos o cargos aplicados por cualquier entidad gubernamental según la legislación aplicable en relación con su participación en el Servicio.

ART 9 – Duración y Derecho de Rescisión

La duración del servicio es por tiempo indefinido. El Publisher puede rescindir el contrato en cualquier momento con un preaviso por escrito, que también puede enviarse por correo electrónico a la dirección [email protected], con al menos 30 días hábiles de antelación. Por su parte, ICDM puede rescindir, a su total discreción, el presente contrato con efecto inmediato mediante comunicación también por correo electrónico al Publisher.

ART 10 – Exención de Responsabilidad

El Servicio se ofrece "TAL CUAL" y "SEGÚN DISPONIBILIDAD", por lo que ICDM no asume ninguna responsabilidad con respecto a su uso y disponibilidad, puntualidad o posible cancelación. ICDM no ofrece ninguna garantía sobre la precisión, veracidad y completitud de los anuncios publicitarios de terceros y no tiene control sobre ellos. Además, ICDM no garantiza (i) la identidad, capacidad legal, seriedad de intenciones u otras características de los anunciantes de terceros, (ii) la calidad, legalidad y seguridad de los productos y/o servicios objeto de los anuncios publicitarios, (iii) la veracidad y precisión de las descripciones proporcionadas. ICDM tampoco garantiza los resultados obtenidos a través del Servicio por parte del Publisher, especialmente en lo que respecta al nivel de impresiones o clics generados por los anuncios publicitarios. ICDM se compromete a realizar todos los esfuerzos razonables para garantizar el servicio, pero no puede ser considerada responsable de daños directos, indirectos o consecuentes y/o anomalías que puedan ocurrir en la prestación del servicio y que escapan a su control técnico, como disfunciones en la gestión de redes telefónicas y/o telemáticas, o mal funcionamiento debido a defectos en los medios esenciales para el acceso, uso indebido de los mismos y/o de las modalidades de acceso al Servicio por parte de los Usuarios.

ART 11 – RESPONSABILIDAD

Es importante destacar que los mensajes publicitarios se publicarán conforme a la legislación vigente, tanto en lo que respecta a sus dimensiones como a sus contenidos.

ICDM no puede ser considerada responsable del material publicitario (por ejemplo, imágenes, textos, sonidos, etc.) publicado en los espacios publicitarios proporcionados por el Publisher. La responsabilidad exclusiva recae en los Clientes, es decir, los compradores finales del Servicio de Publicidad en Línea, tanto frente a ICDM como frente al Proveedor y a Terceros. El Publisher asume, como parte del pago acordado, todos los costos y riesgos relacionados con la prestación de las actividades y servicios objeto del Contrato, así como cualquier actividad necesaria para su ejecución. El Publisher se compromete expresamente a indemnizar y eximir de responsabilidad a ICDM de todas las consecuencias derivadas del eventual incumplimiento, error, inexactitud, retraso o cumplimiento parcial de las obligaciones establecidas en este Contrato con respecto al Cliente final. Además, se compromete a indemnizar y eximir de responsabilidad a ICDM de cualquier responsabilidad por reclamaciones o disputas de los Clientes por cualquier motivo o causa no imputable directamente a ICDM.

ART 11 – PUBLICIDAD

Al firmar el presente contrato, el Publisher autoriza a ICDM a utilizar su nombre y logotipo en presentaciones, materiales de marketing, listas de clientes, informes financieros, listas de sitios web de clientes y páginas de resultados de búsqueda. Esta aprobación permite a ICDM utilizar estos elementos con fines promocionales e informativos, contribuyendo así a la visibilidad y promoción del Publisher en los contextos mencionados.

ART 12 – Comunicación entre las dos partes

Salvo que se indique lo contrario, las Partes acuerdan que cualquier comunicación entre ellas también puede ser enviada por correo electrónico. Las comunicaciones por correo electrónico dirigidas a ICDM deben enviarse a la dirección publicada en el sitio web de ICDM. La comunicación por correo electrónico se considerará entregada en el día en que se envió, a menos que el remitente reciba una notificación de no entrega.

ART 13 – Propiedad intelectual

Al firmar este contrato, el Editor reconoce los derechos de propiedad intelectual de ICDM sobre el servicio y se compromete a no modificar, adaptar, traducir, descompilar, decodificar, desensamblar el servicio o intentar de alguna otra manera extraer el código fuente, ni crear o intentar crear un servicio o producto sustitutivo o similar mediante el uso o acceso al servicio o a la información propietaria relacionada con él. El Editor se compromete a no quitar, ocultar o alterar avisos de derechos de autor, marcas comerciales u otros avisos relacionados con los derechos de propiedad de ICDM.

ART 14 – Privacidad

Las Partes, de conformidad con el Art. 13 del D.lgs. 196/2003, eliminando todas las excepciones, acuerdan que el tratamiento de los datos personales tiene como objetivo la ejecución de las obligaciones contractuales y el cumplimiento de las obligaciones fiscales; para estos fines, la provisión de datos por parte de las Partes es obligatoria. Después de haber tomado conocimiento del Art. 13 del D.lgs. 196/2003, las Partes consienten, con la firma de este Contrato, al tratamiento recíproco de sus datos personales para el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el Contrato.

ART 15 – DOMICILIO DE LAS PARTES

El domicilio legal de las Partes, salvo elección diferente comunicada posteriormente por escrito, se considera fijado en sus respectivas sedes legales. Cualquier cambio en los datos de cada parte no será oponible a la otra, a menos que se haya comunicado por escrito en el domicilio de la misma.

ART 16 – Recesión

Ambas Partes tienen la facultad de rescindir el presente Contrato en cualquier momento, sin necesidad de motivación, independientemente del estado de ejecución del Contrato, mediante una comunicación escrita a la otra Parte. La rescisión surtirá efecto transcurridos 30 (treinta) días desde la fecha en que se haya comunicado a la otra Parte mediante carta certificada con acuse de recibo o por correo electrónico

ART 17 – Foro Competente

Para cualquier controversia relacionada con la interpretación, ejecución y resolución del presente Contrato, será exclusivamente competente el Foro de Sassari Italia.

ART 18 – Clàusula final

Las Partes reconocen mutuamente ser sujetos jurídicos autónomos e independientes en todos los aspectos y llevar a cabo sus actividades de conformidad con el Art. 2222 del Código Civil; por lo tanto, del presente Contrato no surgirá ninguna relación laboral subordinada, de mandato, sociedad, representación, colaboración, asociación u otros contratos similares o equivalentes. Ninguna modificación, nota a pie de página o cláusula agregada al presente Contrato será válida a menos que sea aprobada específicamente por escrito por las Partes. En ningún caso, los incumplimientos y/o comportamientos del Proveedor que sean contrarios a lo establecido en el presente Contrato podrán considerarse como derogaciones de los mismos o aceptaciones tácitas de los incumplimientos, incluso si no son impugnados por ICDM. La falta de acción por parte de ICDM al ejercer o hacer valer cualquier derecho o cláusula del Contrato no constituirá una renuncia a dichos derechos o cláusulas. La eventual invalidez y/o nulidad, total o parcial, de una o más cláusulas del presente Contrato no afectará la validez de las demás cláusulas; en tal caso, las Partes acordarán una cláusula sustitutiva lo más similar posible en contenido y que exprese de la mejor manera los propósitos de la cláusula no válida. En lo no expresamente previsto por el presente Contrato, la relación contractual entre ICDM y el Proveedor se regirá por el Código Civil, las leyes, los reglamentos del estado vigentes en el momento de la celebración del Contrato y las disposiciones técnicas pertinentes